Nueva Ley de protección a la infancia

Nueva Ley de protección a la infancia
- La llamada “adopción abierta”, en la que el menor adoptado puede mantener vínculos con la familia de origen (si lo autoriza el juez). Actualmente sólo se mantienen vínculos con la familia de origen en el acogimiento pero no en la adopción.
- Los menores de tres años salgan de las residencias públicas para ser atendidos en un entorno familiar.
- Se legaliza la figura del acogedor familiar profesionalizado que cobrará un sueldo de la administración por alimentar, cuidar y educar a niños tutelados.
- Se establecerá una regulación más completa de las situaciones de riesgo y de desamparo a nivel estatal.
- Se tendrá en cuenta el riesgo de desamparo de los no nacidos. Se entiende por situación de riesgo prenatal “la falta de cuidado físico de la mujer gestante o el consumo abusivo de sustancias con potencial adictivo”.
- La ley reconoce una nueva realidad, la de los menores que ingresan en centros de protección a petición de las propias familias ante “situaciones muy conflictivas derivadas de problemas de comportamiento agresivo, inadaptación familiar y graves dificultades para ejercer la responsabilidad parental”. Estos menores recibirán atención en centros específicos para ellos y su internamiento deberá contar con autorización judicial.
- Se redefinen las modalidades de acogimiento familiar: urgente, temporal y permanente.
- Se da permiso a las entidades públicas para atribuir la tutela a las familias acogedoras permanentes, algo que no contempla la ley actual.
- Se redacta una carta de derechos y deberes de los acogedores y de los acogidos.
- La ley nueva estipula que se procure mantener la tutela o guarda de menores a las víctimas de violencia de género.
Fuente: la razón