¿Qué es un cargo tutelar?

Mediante el ejercicio de un cargo tutelar se lleva a cabo la guarda y protección de la persona y de los bienes, de los menores o personas incapacitadas. Son cargos tutelares: la tutela, la curatela y el defensor judicial.

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¿Qué es un cargo tutelar?

Las tutelas son cargos obligatorios. Suelen recaer en personas que forman parte del ámbito familiar de la persona incapacitada. Este cargo es permanente y el tutor representará y guardará al tutelado y a sus bienes. Este nombramiento es competencia del Juez/a. La administración pública asumirá la tutela cuando no haya podido procederse el nombramiento o cuando el incapaz se encuentre en situación de desamparo.

La curatela es un cargo de asistencia al menor o persona incapacitada, sin que el curador le supla o sustituya como el tutor. Es un cargo permanente cuya función es la de completar la capacidad del sujeto. Están sometidos: los emancipados cuyos padres fallecieron o quedaron impedidos para este ejercicio; los declarados pródigos (aquel que malgasta sus bienes poniendo en peligro su patrimonio y las obligaciones que tiene con sus respectivos parientes), etc.

El defensor judicial es compatible con los nombrados anteriormente. Se utiliza cuando existe conflicto de intereses entre tutelados y representantes legales. El Juez/a nombrará defensor a quién estime idóneo para el cargo.

La guarda de hecho es aquella en la que el menor o persona incapacitada es protegida por una persona que no obstenta patria potestad sobre él.

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